Transcurría el año 1985, cuando se me plantea una oferta laboral para pasar de una empresa financiera, al ámbito de la cooperación para el desarrollo. Desde entonces, todo ha girado en torno a comunidades rurales, a la pobreza rural, a la competitividad del sector agropecuario y al intento por generar el diálogo y construir consensos entre los más diversos actores del medio rural.



Luego de 35 años de aquella decisión, con las mismas ganas, sigo transitando POR EL SENDERO DEL DESARROLLO...


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Asunción, Capital del país, Paraguay

sábado, 25 de febrero de 2012

Las soluciones a los problemas rurales, en el marco de la Ley.

Nadie puede negar la heterogeneidad socio-económica-demográfica del país, pero la reversión estructural de esta situación no se corresponde con acciones mágicas, populistas, demagógicas y coyunturales,  sino con trabajos y agenda estructuradas sobre compromisos de corto – mediano – largo plazo, las cuales requieren previamente, cuando menos, un mínimo acuerdo sobre cuestiones relevantes, como;

1.        Soluciones en el marco institucional
Se impone la apertura de un espacio de diálogo serio, responsable, abierto a todos los sectores, sin condicionamientos ni prejuicios ideológicos, culturales y conceptuales, y que el encaminamiento del proceso, se haga en el marco institucional y legal correspondiente, esto es, bajo la plena vigencia del estado de derecho.

2.        Atacar las causas y no los resultados o efectos de aquellas
Observamos desde tiempo atrás, que los esfuerzos materiales y humanos se orientan a la atención de los “síntomas” y no a las “causas” que limitan un determinado nivel de desarrollo. Así por ej. sigue contraponiéndose la lógica productiva y las formas de organización social del agricultor con los actuales avances técnicos – tecnológicos y modos empresariales de organización productiva. Una muestra más contundente radica en las graves carencias financieras del sector que a menudo son atendidas “artificialmente” a través de subsidios, donaciones e incluso condonaciones, cuando se sabe que una restricción severa sectorial es el nivel de formalización del productor, sin títulos de propiedad que satisfagan las exigencias legales del sector bancario, que al no contar con garantías que permitan disminuir los riesgos en las operaciones crediticias, "castigan" al productor con tasas usurarias.

3.        Disponibilidad de información objetiva, confiable y segura
Uno de los problemas históricos más relevantes en el país es, sin dudas, la carencia de información objetiva y en muchos casos, la asimetría de la información. En efecto, hemos examinado el informe de la Comisión de Verdad y Justicia (CVJ), Tomo IV; Partes 1 al 4, 219 páginas, basado en el análisis efectuado de adjudicaciones de tierra, según documentaciones obrantes en los registros del Indert y en la Dirección General de los Registros Públicos.

Parte de ese informe señala…"El Estado en el período que abarca desde 1954 a 2003 ha realizado 200.705 adjudicaciones de lotes, que comprende una superficie total de 12.229.594 hectáreas, de los cuales 3.497.781 hectáreas fueron en la región Oriental y  8.731.813 hectáreas, a la Región Occidental. Del total de las adjudicaciones ilegales, 3.054 lotes, que suman 1.507.535 hectáreas, corresponden a la región Oriental, y 1.178 lotes, que suman 6.298.834 hectáreas, a la región Occidental".

Resumen del Informe
Capítulos
Hectáreas
Lotes
I. Adjudicaciones a personas no Beneficiarias
4.978.198
1.080
II. Adjudicaciones de más de un lote 
682.034
257
III. Adjudicaciones mayores que lo establecido, tierra-agrícola granjera, RO
782.145
1.730
IV. Adjudicaciones mayores que lo establecido, lote ganadero, RO
299.242
83
V. Adjudicaciones mayores que lo establecido, lote ganadero, Chaco
992.209
87
VI. Adjudicaciones mayores que lo establecido, lote agrícola, RO
109.566
99
Totales
7.843.394
3.336

Al analizar los 6 (seis) capítulos, observamos un total de 7.843.34 hectáreas de adjudicación irregular, lo cual difiere en 37.025 hectáreas respecto a las 7.806.369 del siguiente cuadro.

Tierras
Distribuidas
%
Mal habidas
%
Región Oriental
3.497.781
29%
1.507.535
19%
Región Occidental
8.731.813
71%
6.298.834
81%
Totales
12.229.594
100%
7.806.369
100%
Reporte sumario de la CVJ, Pág. 26 del Tomo IV – Parte 1
7.851.291
Adjudicaciones irregulares
7.843.394
Discrepancias en el informe de la CVJ (en hectáreas)
7.897

Es conveniente hacer notar que hablamos de 7.806.369 hectáreas, nunca de 10, 12 e incluso 14  millones como afirman reiteradamente muchos “luchadores sociales” e incluso, altos exponentes del Gobierno. A parte de ello, y como es fácil concluir, menos del 20% de los "errores del pasado" (1.507.535 has.) corresponden a la Región Oriental.

Por qué entonces, no cuestionamos  que más de 6,2 millones de has “mal habidas” estén en el Chaco o definitivamente a nadie le preocupa el 80% del problema?....eso no forma parte del territorio y la soberanía nacional?

Asimismo, y con el propósito de hacer notar las discrepancias, errores u omisiones en la información pública de la misma fuente INDERT, el pasado 12 de setiembre de 2011, por nota nº 292/11, el Presidente de dicha institución presenta, en respuesta a un pedido de informe de la Cámara de Diputados, documentaciones donde se constatan que, a setiembre de 2011 el total de lotes entregados por el Estado (IRA + IBR + INDERT) en la Región Oriental alcanza un total de 208.867 lotes, mientras que hasta el 2003 se habían entregado 192.722, es decir en 8 años se han comprado 16.145 lotes.

En consecuencia, nos asiste una serie de dudas;
a.        Desde el 2003 a la fecha, se han asentado solo unas 16 mil familias?
b.        A este ritmo - en consecuencia - cuanto tiempo nos llevará resolver el problema de unas 70 mil familias que hoy demandan tierras?
c.        La información proporcionada, tanto a la CVJ o al Parlamento, por parte del INDERT es veraz y confiable?
d.        En el peor de los casos, qué se ha hecho con tantos recursos asignados durante 8 años al INDERT.

Sin embargo, existen dudas razonables sobre la veracidad de esos informes, por cuanto: 

Fuente
Hectáreas
CVJ dice que hasta el 2003 en la RO se entregaron                              
3.497.781
Informe del INDERT dice que a setiembre del 2011 se entregaron
3.185.977

Cómo puede ser que en 8 años (2003 al 2011) haya decrecido la cifra de tierras entregadas en la Región Oriental en 311.804 hectáreas? Qué ha pasado o que se oculta en esas cifras?

Otro aspecto crucial es que el INDERT acumula deudas por compras de tierras por 397.083.838.050 Gs., aproximadamente unos 90 millones de U$S, cifra nada despreciable para acometer nuevos desafíos.

4.        La ilegalidad no puede revertirse con más ilegalidad
Desde al menos 20 años atrás (luego del golpe de Estado en 1.989) se ha hablado sobre TIERRAS MAL HABIDAS, pero solo desde el 2008, con el primer Informe de la CVJ (desde entonces en manos de la Procuraduría general del Estado) el tema ha ganado estado público y, aún más ahora cuando las “Mensuras con hinchadas” se vienen haciendo costumbre.

No se puede desconocer, a la luz de la interpretación de las leyes vigentes al momento de las adjudicaciones, que antes e incluso ahora, se produjeron y producen hechos administrativos irregulares, los cuales no pueden, ni deben ser resueltos a través de otras ilegalidades. Al único ámbito que le corresponde analizar y resolver cada caso en particular, es el Poder Judicial.

Sin embargo, escuchamos decir que el Presidente de la República se ha comprometido a revertir esta situación, pero en su ámbito de competencia institucional, no observamos algún mecanismo jurídico apropiado de las comentadas estrategias, sino al contrario, pudieran configurarse como ilegales y anticonstitucionales, y a la vez, casi inviables políticamente en el ámbito parlamentario:

a.      CONFISCACIÓN: Artículo 20 Constitución Nacional .- DEL OBJETO DE LAS PENAS ... Quedan proscritas la pena de confiscación de bienes y la de destierro.
b.      EXPROPIACIÓN: Art. 109. Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de sentencia judicial, pero se admite la expropiación por causa de utilidad pública o de interés social, que será determinada en cada caso por ley. Esta garantizará el previo pago de una justa indemnización, establecida convencionalmente o por sentencia judicial, salvo los latifundios improductivos destinados a la reforma agraria, conforme con el procedimiento para las expropiaciones a establecerse por ley.
c.      NULIDAD DE TÍTULOS: Nadie en su sano juicio, teniendo el 19,3% del territorio nacional en controversia (7.851.295 has de las 40.675.200 has del país), pensaría en esa salida, por más legal que fuera.

En consecuencia, el tema que nos ocupa, pareciera no ser TÉCNICO - JURÍDICO, sino eminentemente POLÍTICO.

En cualquier caso, las soluciones deben darse en el marco institucional y legal vigentes. Otro camino, será muy peligroso.

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